martes, 7 de agosto de 2012

REQUISITOS TRAMITE: COMITES MIXTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL






REQUISITOS POSESIÓN DE COMITÉ MIXTO

1 Carta dirigida al Director Departamental del Trabajo, solicitando posesión del Comité Mixto
2 Última Acta de Posesión de Comité Mixto
3 Para elecciones de representantes por la parte trabajadora, lista de todos los trabajadores con sus respectivas firmas
4 Acta de escrutinio o del resultado de las elecciones del Comité  Mixto, especificando con cuantos votos ganó cada trabajador elegido
5 Memorándum mediante los cuales se les pone en conocimiento a los trabajadores su nombramiento, de acuerdo al resultado de las elecciones
6 Memorándum de designación para los representantes por la parte empleadora
7 Fotocopia del carnet de identidad de todos los que van a componer el Comité Mixto
8 Acta de Constitución del nuevo Comité Mixto (se obtiene de la página Web del Ministerio de Trabajo)
9 Fotocopia simple de Certificado de Registro Obligatorio de Empleadores (R.O.E.), actualizado, generada por la O.V.T. (Oficina Virtual de Tramites del Ministerio del Trabajo).  


REGLAMENTO PARA LA CONFORMACIÓN DE COMITÉS MIXTOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Estimado Doctor una consulta que llegaria a suceder si luego de haber concluido el periodo de un año, se convoco a elecciones y no se presentaron candidatos, puesto que argumentan que la presidencia no cambia y como en una anterior gestión con la presidencia no se llegaba a realizar los trabajos planificados ya que en de ser una via de solución era mas los obstáculos para la realización de los planes. el periodo termino en octubre del 2012 y actualmente estamos sin comite mixto. tiene alguna sanción económica nuestra institución....?

Dr. MAURICIO CABALLERO dijo...

Estimado Anónimo:
Le sugiero que se tome un poco de más de tiempo para elaborar una pregunta más concreta y entendible....puesto que los datos que me da son muy genéricos, ligeros y nada concretos....situación que me desanima completamente a responder su consulta....

Unknown dijo...

El Ministerio de Trabajo, pide e inventa condiciones para recibir la documentación, es mas, son tan atrevidos que solo atropellan a uno cuando se les dice que en el P\/TO reglamento NO se exige tal cosa.

Que la documentación esta tal cual como se exige en su reglamentación. A mi me salieron con que los memorandum deben ser redactados desde gerencia y el mismo gerente debe firmar estos para entregar a los miembros del comité.

Luego adjuntar la planilla oficial de todos los trabajadores y resaltar en la misma todas las personas que asistieron a la elección.

Son una m¡3RDA. Que se podría hacer al respecto LICENCIADO Caballero.

INFORMACIÓN DEL DIRECTOR

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Cochabamba, Cercado, Bolivia
Dr. Mauricio Caballero Cel.: 79710097, Oficina: + 591 44525532. Asesor Legal Externo en: ZHEJIANG ELECTRIC POWER CONSTRUCTION GROUP HOLDINGS CO. LTD, COMTECO R.L., CHINA CAMC ENGINEERING CORPORATION LIMITED CO., LTD, ENPRESA ASTRIX S.A., EMPRESA HOME CENTER FACIL, EMPRESA URRUTIBEHETY LTDA., EMPRESA, EMPRESA CHINA KUNMING ENGINEERING CORPORATION LIMITED., EMPRESA UNM ESCUELA DE NEGOCIOS S.R.L." , EMPRESA DOSIS S.R.L., EMPRESA AMERICANA, EMPRESA CONSTRUCTORA EXTHE, EMPRESA TEC S.R.L., EMPRESA OMIE S.R.L., EMPRESA BOLIGLOBOS LATINO, EMPRESA JAVA SISTEMAS DE ILUMINACIÓN.