jueves, 28 de abril de 2022

¡¡¡FERIADO NACIONAL!!! en conmemoración al "DÍA DEL TRABAJO"

Lunes 2 de mayo de 2.022 ¡¡¡FERIADO NACIONAL!!! con suspensión de actividades públicas y privadas, en conmemoración al "DÍA DEL TRABAJO".

Que tengan un excelente fin de semana!!!
Atte.
Dr. Mauricio Caballero.

 

miércoles, 27 de abril de 2022

GOBIERNO CONFIRMA FORMALMENTE INCREMENTO SALARIAL PARA LA PRESENTE GESTIÓN 2.022

Tras la reunión entre el Gobierno Central y dirigentes de la Central Obrera Boliviana (COB), se determinó este miércoles un incremento del 3% al haber básico y 4% al salario mínimo nacional para este 2.022.


 

martes, 26 de abril de 2022

NUEVO ANTEPROYECTO DE LEY DE PROCEDIMIENTO DE REINCORPORACIÓN LABORAL 2.022

Proyecto de ley restituye empleo a los trabajadores despedidos por fuerza mayor

La propuesta gubernamental, que resguarda cinco derechos laborales, ya está en el Legislativo para su tratamiento. Luego de su aprobación, será presentada por el presidente Luis Arce el Día del Trabajo

El Gobierno gestiona la aprobación de un anteproyecto de ley que define como “injustificados” los despidos hechos bajo el argumento de caso fortuito y fuerza mayor, por lo que dispone que los empleadores reincorporen a esos trabajadores a sus puestos laborales y les paguen por los meses que duró la desvinculación.

El anteproyecto de ley Procedimiento especial para la restitución de derechos laborales fundamentales,  presentado por la ministra de Trabajo y Previsión Social, Verónica Navia, considera despido injustificado a aquellos que se hayan dispuesto bajo el argumento de caso fortuito o fuerza mayor y a los que hayan sido determinados “unilateral y arbitrariamente” por el empleador y que no se adecúen a las causas legales de despido establecidos en la Ley General del Trabajo y el artículo 9 del Decreto Supremo 224.

La diputada Mariela Baldivieso confirmó que el documento llegó al Comité de Trabajo y Régimen Laboral de la Cámara de Diputados y prevé que su tratamiento se inicie mañana miércoles.

La propuesta legal, a la que tuvo acceso EL DEBER, se aplica para trabajadores que se desempeñan bajo la Ley General del Trabajo y tiene por objeto preservar la estabilidad laboral en caso de despido injustificado y resguardar cinco derechos: al trabajo, a la inamovilidad laboral, a la remuneración o salario, a la libre sindicalización y al fuero sindical.

El trabajador que considere vulnerado uno de estos derechos tendrá un plazo de tres meses, computables a partir de la comunicación verbal o escrita del despido, para acudir al Ministerio de Trabajo y presentar la denuncia y la correspondiente solicitud de restitución de derecho laboral. Vencido ese plazo, podrá acudir a la judicatura laboral.

En el caso de los despidos, una vez recibida la denuncia (que puede ser presentada de manera personal o grupal), el inspector de trabajo emitirá, en un plazo de tres días hábiles, una citación para el empleador, señalando día y hora de la audiencia.

Si el empleador o su representante legal no se presentan a la audiencia, se dará curso a la presunción de vulneración de derechos.

Si se acepta la denuncia y no más de siete días después, la Jefatura Departamental o Regional de Trabajo dispondrá a través de una resolución que el empleador “proceda a la reincorporación inmediata del trabajador al mismo cargo que ocupaba al momento del despido, más el pago de salarios devengados por el tiempo que duró la suspensión de la relación laboral”. Lo mismo sucederá, en los casos de salarios devengados y de restitución del ejercicio del derecho a la libre sindicalización o al fuero sindical.

Quienes hayan cobrado sus beneficios sociales no podrán solicitar su reincorporación en la vía administrativa, siempre y cuando se acredite el cobro con el formulario de finiquito refrendado por el Ministerio de Trabajo.

“Este anteproyecto es de interés para los trabajadores, que encuentran un mecanismo con el que pueden establecer una solución rápida a su demanda”, afirmó el abogado laboralista Javier Ferreira. “Si se hacen algunos ajustes”, principalmente para agilizar los tiempos procedimentales y se incorpora la cuestión de los derechos adquiridos, “y el Legislativo hace un análisis más profundo” de la situación del empleo, “puede ser de gran beneficio”, indicó.

El especialista consideró que la norma “corrige” incumplimientos de los empleadores, que por la recesión económica y la pandemia tuvieron que despedir personal para reducir sus costos, llevando a los trabajadores a apostar por procesos de hasta cinco años para lograr su reincorporación. También se normalizarán los retrasos por meses en el pago de salarios y el abono de finiquitos en planes de más de un año.

FUENTE: EL DEBER


 





jueves, 3 de marzo de 2022

REQUISITOS ACTUALIZADOS 2022 VISADO DE CONTRATOS DE TRABAJO PARA PERSONAL NACIONAL




Contrato de trabajo en triple ejemplar originales, firmados por la empresa y trabajador Fotocopia de carnet de identidad del representante legal de la empresa y del trabajador Fotocopia simple de Certificado de Registro Obligatorio de Empleadores (R.O.E.), actualizado, generada por la O.V.T. (Oficina Virtual de Tramites del Ministerio del Trabajo) Comprobante de depósito bancario por la suma de Bs.- 16 (BOLIVIANOS DIEZ Y SEIS 00/100) a la cuenta Nº 1-6036425 del Ministerio del Trabajo en el Banco Unión como costo administrativo para la visación y/o legalización del contrato de trabajo para personal nacional

REQUISITOS ACTUALIZADOS 2022 VISACIÓN DE CONTRATOS DE TRABAJO PARA PERSONAL EXTRANJERO




1 Carta de solicitud dirigida al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social indicando para qué tipo de trámite solicita la visación 2 Cuatro ejemplares del contrato de trabajo debidamente sellado y firmado por la empresa y el trabajador de nacionalidad extranjera 3 Presentar fotocopia simple del NIT de la empresa contratante 4 Presentar fotocopia simple que del carnet de identidad del representante legal de la empresa contratante 5 Presentar fotocopia simple del pasaporte y la última visa con la que se encuentra el extranjero 6 Fotocopia simple de Certificado de Registro Obligatorio de Empleadores (R.O.E.), actualizado, generada por la O.V.T. (Oficina Virtual de Tramites del Ministerio del Trabajo) 7 Comprobante de depósito bancario a la cuenta Nº 1-6036425 del Banco Unión como costo administrativo para la visación y/o legalización del contrato de trabajo para personal extranjero cuya suma de dinero será establecido por la R.M. Nº 854/14 de 11 de diciembre de 2.014 de acuerdo a la nacionalidad 8 Planilla de sueldos y/o salarios cancelada, para verificar el 85 % de cupo para personal nacional y el 15% de cupo para personal extranjero 9 Entregar los documentos en folder rojo, debidamente asegurados con nepaco.

REQUISITOS ACTUALIZADOS 2022 POSESIÓN DE COMITÉ MIXTO




1 Carta dirigida al Director Departamental del Trabajo, solicitando posesión del Comité Mixto 2 Última Acta de Posesión de Comité Mixto 3 Para elecciones de representantes por la parte trabajadora, lista de todos los trabajadores con sus respectivas firmas 4 Acta de escrutinio o del resultado de las elecciones del Comité Mixto, especificando con cuantos votos ganó cada trabajador elegido 5 Memorándum mediante los cuales se les pone en conocimiento a los trabajadores su nombramiento, de acuerdo al resultado de las elecciones 6 Memorándum de designación para los representantes por la parte empleadora 7 Fotocopia del carnet de identidad de todos los que van a componer el Comité Mixto 8 Acta de Constitución del nuevo Comité Mixto (se obtiene de la página Web del Ministerio de Trabajo) 9 Fotocopia simple de Certificado de Registro Obligatorio de Empleadores (R.O.E.), actualizado, generada por la O.V.T. (Oficina Virtual de Tramites del Ministerio del Trabajo).

REQUISITOS ACTUALIZADOS 2022 PARA LA RENOVACIÓN DE LIBRO DE ASISTENCIA




Carta de solicitud dirigida al Ministerio del Trabajo solicitando la re-apertura del 2do. o 3ro. o 4to. libro etc., o el que corresponda ser aperturado, indicando siempre el número de libro que corresponde renovar Fotocopia simple de Certificado de Registro Obligatorio de Empleadores (R.O.E.), actualizado, generada por la O.V.T. (Oficina Virtual de Tramites del Ministerio del Trabajo) Comprobante de depósito bancario por la suma de Bs.- 30 (BOLIVIANOS TREINTA 00/100) a la cuenta Nº 1-6036425 del Ministerio del Trabajo en el Banco Unión, como costo administrativo por la renovación y/o re-apertura de los libros de asistencia del 2do. en adelante Fotocopia de la última acta de apertura donde indique el número correlativo de libros, si no indica el número correlativo indicar en la fotocopia de la última acta de apertura que número de libro correspondería re-aperturar Libro o libros de asistencia a ser re- aperturado (s) con el respectivo nombre de la empresa escritos en la (s) tapa (s) y previo cumplimiento de los requisitos arriba mencionados

REQUISITOS ACTUALIZADOS 2022 APERTURA DE LIBRO DE ASISTENCIA




Carta de solicitud dirigida al Ministerio del Trabajo solicitando la apertura del 1er. libro de asistencia de la empresa

Fotocopia simple de Certificado de Registro Obligatorio de Empleadores (R.O.E.), actualizado, generada por la O.V.T. (Oficina Virtual de Tramites del Ministerio del Trabajo).  

Comprobante de depósito bancario por la suma de Bs.- 75 (BOLIVIANOS SETENTA Y CINCO 00/100) a la cuenta Nº 1-6036425 del Ministerio del Trabajo en el Banco Unión, como costo administrativo para la apertura del primer libro de asistencia.

Libro de asistencia a ser aperturado con el respectivo nombre de la empresa escrito en la tapa

REQUISITOS ACTUALIZADOS 2022 LEGALIZACIÓN DE FINIQUITOS


 

REQUISITOS ACTUALIZADOS 2022 VISACIÓN DE FORMULARIO DE FINIQUITO DE TRABAJO




Formulario de finiquito en triple ejemplar, debidamente calculado, llenado, firmado y sellado por la empresa Fotocopia de carnet de identidad del trabajador Extracto histórico de aportes a las AFP´s del trabajador por el período de cancelación del finiquito Presentar en fotocopia la documentación que respalde el motivo de la desvinculación por ejemplo: carta de renuncia, memorándum de agradecimiento de servicios, contrato de trabajo concluido etc. Presentar documentos que respalden el efectivo pago por concepto de beneficios sociales por ejemplo: comprobante de egreso, recibo de pago o fotocopia de cheque etc. Fotocopias de las últimas tres papeletas de pago de salarios o planillas salariales del trabajador Comprobante de depósito bancario por la suma de Bs.- 33 (BOLIVIANOS TREINTA Y TRES 00/100) a la cuenta Nº 1-6036425 del Ministerio del Trabajo en el Banco Unión, como costo administrativo para la visación del finiquito Deben estar presentes ambas partes para el visado empleador y trabajador

REQUISITOS ACTUALIZADOS 2022 PRESENTACIÓN INFORME TRIMESTRALES DEL COMITÉ MIXTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL




Carta dirigida al Director Departamental del Trabajo mediante la cual se le hace conocer la presentación de las actas trimestrales Fotocopia del acta de posesión del comité mixto Fotocopias de las actas trimestrales especificando la gestión, número de las reuniones y meses que corresponden Libro de actas del comité mixto original Fotocopia simple de Certificado de Registro Obligatorio de Empleadores (R.O.E.), actualizado, generada por la O.V.T. (Oficina Virtual de Tramites del Ministerio del Trabajo). Cada gestión de los Comités Mixtos deben tener cuatro actas trimestrales, más un informe final. La 4ta. acta trimestral se debe presentar conjuntamente con el informe final de la gestión del Comité Mixto.

REQUISITOS ACTUALIZADOS 2022 AUTORIZAIÓN PARA EL USO DE OTROS MECANISMOS DE CONTROL DE ASISTENCIA


REQUISITOS ACTUALIZADOS 2022 DEPÓSITO DE PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES EN FONDOS EN CUSTODIA





1. Cuatro copias originales del formulario del finiquito correctamente llenados y firmado con bolígrafo azul y sello de la empresa 2. Fotocopia simple, vigente de la cédula de identidad del beneficiario (trabajador) 3. Fotocopia simple, de las tres últimas boletas de pago del trabajador antes de la desvinculación 4. Fotocopia simple del formulario de pago al sistema integral de pensiones, del último mes que trabajo el beneficiario adjuntando la parte de la planilla del pago donde figura el nombre del trabajador y resaltando el mismo 5. Croquis de ubicación del emple

 

ador 6. Fotocopia del Certificado de Registro Obligatorio de Empleadores (R.O.E.) 8. Comprobante original del depósito efectuado al Banco Unión S.A., cuenta fondos en custodia CBBA., número 1-6053578 por concepto del total del Beneficio Social que dejara en custodia 9. Comprobante original del depósito efectuado al Banco Unión CUENTA INGRESOS número 1-6036425 por: Bs.- 33 por concepto del servicio de visado de finiquito y otro por Bs.- 20 por concepto de tasa por prestación de servicios en la administración de la cuenta de fondos en custodia 10. Carta dirigida al Director Departamental del Trabajo de solicitud pago en fondos en custodia 11. Documentos que respaldan el abandono de funciones y pago en fondos en custodia (memorándum de abandono o acta de audiencia de conciliación etc.) 12. ENTREGAR LA DOCUMENTACIÓN EN FOLDER CON NEPACO NOTA: Caja Jefatura Departamental del Trabajo puede variar estos requisitos, por lo tanto se recomienda antes de realizar este trámite consultar ante dichas reparticiones públicas.

lunes, 14 de septiembre de 2020

RECETA JURISPRUDENCIAL PARA UN DESPIDO LEGAL POR DR. MAURICIO CABALLERO PÉREZ

Les comparto esta receta jurisprudencial para producir y/o efectivizar un DESPIDO JUSTO, LEGAL Y CORRECTO, y si eres trabajador esta receta también te servirá para saber si fuiste legal y justamente despedido.

¡¡¡¡¡ ESPERO TE SIRVA!!!!
 

Saludos.
Atte.
Dr. Mauricio Caballero.
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Telef.: 79710097

Oficina.: Av. Salamanca Esq. Lanza Nº 625 – Cochabamba.




INFORMACIÓN DEL DIRECTOR

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