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viernes, 29 de junio de 2012

En La Paz reportan 8 denuncias al día por violar derechos laborales

En La Paz reportan 8 denuncias al día por violar derechos laborales 

 

La Razón / Giomara Calle / La Paz

Un informe estadístico al que accedió La Razón refiere que en ese periodo de tiempo registraron 3.052 denuncias vinculadas al sector privado, mientras que entre enero y mayo de este año suman 1.331. La cartera de Trabajo cuenta con siete funcionarios para atender y procesar estos casos.
El jefe departamental de Trabajo en La Paz, Félix Juan López, explicó que los datos corresponden sólo al sector privado, porque los vinculados con el aparato público son tratados bajo la Ley del Funcionario Público.
Del total de denuncias, el 40% obtiene una solución satisfactoria para el trabajador y el resto, o es improcedente o remitido, la mayoría de las veces, a jueces laborales, añadió
El secretario General de la Central Obrera Boliviana (COB), Hermo Pérez, aseguró que las resoluciones del ministerio no garantizan el cumplimiento de los derechos laborales “porque  no hay un cumplimiento obligatorio del empleador”.  
“Tenemos muchas demandas  que no están siendo resueltas; sólo llegan a la conciliación”, sostuvo.
La Ley General del Trabajo fue aprobada el 24 de mayo de 1939, durante el gobierno del teniente coronel Germán Busch. El informe al que accedió este medio clasifica en 52 tipos las denuncias laborales presentadas en 2011, entre ellas el incumplimiento de pago de beneficios sociales, de sueldos, despido injustificado, acoso laboral, descuentos ilegales y reliquidación de beneficios sociales.
Casos. “Tenemos siete conciliadores en el ministerio, cada uno atiende entre 15 a 20 casos día entre denuncias y consultas sobre derechos laborales, hablamos de una gran cantidad por año. Con relación a gestiones anteriores, el número no varía”, expresó López.
Entre enero y mayo fueron registradas 1.331 acusaciones. López agregó que históricamente los casos de despidos injustificados y beneficios sociales impagos son los más recurrentes y mayores en número.
Una vez presentadas las denuncias, el ministerio encamina un proceso inicial de conciliación entre empleador y empleado. Si no existe un acuerdo entre las partes, la queja pasa y es tramitada en un juzgado laboral.  
Por ejemplo, cuando se trata de un despido injustificado se apela a un proceso laboral abreviado. En una audiencia, el juez determina quién tiene la razón y conmina la reincorporación o no del afectado, explicó la técnica laboral, Ninoska Loza.
Pérez informó que el ente matriz de los trabajadores elabora un proyecto de ley que, entre otros aspectos, obligue al empleador a cumplir con los derechos laborales de los empleados del sector privado.
Reposición de derechos
Recurso
Por vía del Amparo Constitucional se repone y protege a trabajadoras en estado de gestación y a padres de familia hasta que el bebé cumpla un año, si son despedidos. Los dirigentes sindicales no pueden ser despedidos. La multa económica es para el ministerio
Giomara Calle
Cuando una empresa o empleador es sancionado económicamente por la vulneración de los derechos laborales, el monto económico va en beneficio del Ministerio de Trabajo y no del denunciante, según establece la Resolución Ministerial 448/2008 y el Código Procesal Laboral.   
“Lo lógico sería que la multa beneficie al denunciante, pero no existe esa medida legal. A futuro, si existe una buena intención, podría determinarse que la multa beneficie al trabajador y no al Estado”, consideró el abogado laboralista Raúl Jiménez.
El jefe departamental de Trabajo, Félix López, explicó que, efectivamente la multa beneficia al Ministerio de Trabajo porque el empleador no cumplió con las normas establecidas. “El monto es asignado al pago de salarios de los funcionarios de esta instancia y a los gastos administrativos”.
Asimismo, indicó que el trabajador logra la reincorporación a su fuente de empleo, el pago de los beneficios sociales o el cese del acoso laboral, además de la satisfacción de que la empresa fue sancionada.
La Resolución 448/2008 refiere también  una escala de sanciones en función al número de personas que emplea la compañía infractora. Por cada diez empleados, la multa asciende a Bs 1.000, mientras que en el caso de las que poseen de 91 trabajadores en adelante, el multa llega a Bs 10 mil. Las empresas o personas sancionadas tiene seis meses de plazo para el pago de la multa impuesta, previa cancelación del 30% del total fijado.
Hubo mayor incidencia de impago de aguinaldos
Giomara Calle
El incumplimiento del pago de aguinaldos fue la vulneración de derechos con mayor incidencia en 2011, respecto a 2010. Hasta enero, el Ministerio de Trabajo recibió 60% más de denuncias respecto a 2010, según un reporte de esa cartera de Estado al que accedió este medio  
De acuerdo con los registros de la Dirección General de Trabajo, los casos por el incumplimiento del pago de aguinaldos correspondientes a la gestión 2011 sobrepasaron el millar.
La mitad pertenece a tres departamentos. Santa Cruz reportó 328 denuncias contra 186 empresas; Cochabamba, 310 contra 56 firmas, y La Paz registró 236 quejas contra 108 entidades privadas.
En 2010, los afectados presentaron 404 denuncias, mientras que en 2011 la cifra superó las 1.000 contra 413 empleadores. Los  datos reflejan un 60% de incremento entre 2010 y 2011. Los 413 infractores no pagaron el aguinaldo hasta el 20 de diciembre, como es norma. La sanción es cancelar el doble del beneficio.
La Carta Magna protege del acoso
Giomara Calle
El Ministerio de Trabajo recibe cada mes hasta ocho denuncias por acoso laboral en el sector privado, aunque esta figura no está inscrita en la legislación laboral, sino en la Carta Magna y es tratada sobre esa base, se informó.  
“Constantes llamadas de atención, continuos cambios de funciones y atropellos por parte de los funcionarios superiores, son las causas principales del acoso laboral, que es un hecho  presentado sobre todo por mujeres, quienes reportan cuatro de cada ocho denuncias”, explicó el jefe departamental de Trabajo de La Paz, Félix López.
“Para estos casos aplicamos lo establecido en la Constitución Política del Estado. Aunque aún no está reglamentado, actuamos por procedimiento análogo e iniciamos la verificación”, señaló.
La Constitución prevé en el parágrafo III del artículo 49 que: “El Estado protegerá la estabilidad laboral. Se prohíbe el despido injustificado y toda forma de  acoso laboral. La ley determinará las sanciones correspondientes”.
Uno de los recientes casos reportados es el de Luis, un ingeniero en sistemas en una empresa. De acuerdo con la denuncia, tuvo algunos problemas con un funcionario superior, quien desde entonces lo cambia continuamente de funciones.
Presentó la denuncia, el Ministerio de Trabajo corroboró el hecho y emitió una conminatoria para la nulidad del cambio de funciones, el cese del acoso laboral y una multa económica. La empresa apeló la resolución y el proceso pasó a un juez laboral.  
Para el abogado laboralista Raúl Jiménez estos hechos se dan porque no existe un instrumento coactivo para exigir que la empresa cumpla con lo emanado por la cartera de Estado. El técnico en Derecho Laboral del Ministerio, Fernando Delgadillo, informó que trabaja con el Defensor del Pueblo en un proyecto de ley para sancionar el acoso .
Vincula el acoso sexual  
Giomara Calle
El acoso sexual es una causal para el acoso laboral, porque deriva en muchos de los casos en el hostigamiento en la fuente de trabajo, explicó el abogado laboralista Raúl Jiménez.
“Las insinuaciones de tipo amorosa son una de las principales causas del acoso laboral, que afecta más a las mujeres. Esto es frecuente en problemas laborales tanto en empresas privadas como públicas”.
De acuerdo con las estadísticas del Ministerio de Trabajo, en lo que va del año fue presentada en La Paz una denuncia de acoso sexual. Jiménez señaló que en muchas ocasiones estos hechos  no son denunciados por temor a perder la fuente de trabajo. “Son por lo general por parte de un funcionario superior”.
“Muchas veces el trabajador debe contenerse porque desea conservar el trabajo. Lo que prima es la teoría de la necesidad”, explicó el especialista.